13:27 (18:27 GMT) | 'NiñoEsperanza' nos recuerda esta semana el derecho de los niños a jugar y a opinar |
| Viernes 18 de Diciembre de 2009 08:06 |
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El juego es el primer espacio de reconocimiento de habilidades En 1956, la Asamblea General de las Naciones Unidas recomendó que se instituyera en todos los países un Día Universal del Niño, que se consagraría para que en el mundo entero se confraternizara y se comprenda, entre los niños y niñas del mundo, las actividades propias para promover sus derechos. Cada país finalmente le puso una fecha diferente pero en todos se celebra el día del niño, se recuerda especialmente que los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y merecen que los respetemos. Respetarlos implica conocer cuáles son sus derechos y velar por que se cumplan en cualquier ámbito. Los derechos de los niños implican responsabilidades para los adultos pero también para los mismos niños. Uno de los derechos que la Campaña Niñoesperanza promueve esta semana es el Derecho a Jugar. Este derecho rescata la actitud lúdica en el aprendizaje ya que es más fácil y divertido aprender jugando. Además contribuye a desarrollar valores como la cooperación, la solidaridad, la tolerancia y el respeto por el otro. Porque el juego es la forma que tiene el niño para descubrir el mundo, experimentar y construir uno nuevo. En el ámbito de la escuela es posible crear juegotecas que favorezcan el encuentro intergeneracional. Porque se deberá valorar el jugar por jugar. Pues el juego es parte de la cultura de todo pueblo. En los espacios familiares el juego es importante para reafirmar valores pero sobretodo para fortalecer los vínculos entre padres e hijos y hermanos. El juego es el primer espacio de reconocimiento de habilidades y destrezas así como de debilidades en cada uno, por lo que permite al niño conocerse mejor y aprovechar mejor sus fortalezas potenciando aquellas que más le gustan y en las que se siente más apto. El juego proyecta al niño a través de los sueños e imaginación. Si analizamos los artículos de la Convención Internacional sobre los derechos del niño, encontramos que los artículos 12 y 13 hacen referencia al derecho de los niños a formarse una opinión y poder expresarla y a ser escuchado. Según el artículo 12.1 y 12.2, el niño tendrá “derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño” (…) se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante…” En cuanto al derecho a la libertad de opinión, el artículo 13.1 establece que “ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras…”. Se establece además en el artículo 14.1 que “los Estados partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”. Es importante señalar que el derecho de los niños a expresar libremente su opinión se remite a las situaciones en donde éstos se vean afectados. El primer párrafo del artículo 12 establece que sólo en relación con estas situaciones su opinión será debidamente tomada en cuenta. En cambio, la libertad de expresión no tiene ninguna limitación de contenido, el niño puede “difundir informaciones e ideas de todo tipo”. El ejercicio de los derechos a la participación y a la opinión debe involucrar al conjunto de la sociedad, tanto a niños como a adultos. El niño no es un ser aislado, y por tanto debe ser involucrado en la construcción de las normas que regularán su participación. Para más información, por favor dirigirse a: Consuelo Carranza 09-9-823826, Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla Clara M. Reyes 092052159, Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla |